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Asociación Fuera Lista Sábana del Paraguay

Exdiputado asesinado explicando en vida cómo convertirse en Diputado o Senador en Paraguay

Exdiputado asesinado explicando en vida cómo convertirse en Diputado o Senador en Paraguay

 

Para escuchar el audio completo, vaya a este link: Youtube

El diputado colorado Magdaleno Silva dijo que al momento de elaborar una lista de senadores y diputados importa más el dinero que pueda aportar al líder del movimiento, antes que la militancia y arrastre del candidato. Afirmó que ese sistema lo empezó el exsenador Blas N. Riquelme y sigue con el senador Juan Carlos Galaverna.

"Para mí que pesa más el factor económico y el amiguismo, porque generalmente los dueños del proyecto, de los movimientos, son los que deciden. Muy poco se tiene en cuenta el arrastre, trayectoria política, experiencia (...) Para los diputados se vota por departamento (...) algunos políticos decían voy a dar 2 palos verdes para tal número de diputado o senador".

En declaraciones a la 730 AM, el diputado Silva dijo que si una persona, no vinculada a la política, tiene mucho dinero, tiene que acercarse al líder del movimiento y decirle "tengo tanto dinero y quiero una banca (...) él te va buscar un lugar rápido", aseveró.

Puso como ejemplo al precandidato colorado Horacio Cartes. "Juan Carlos Galaverna y un grupo de amigos le dijeron: vos tenés todo el perfil, el poder económico para ser candidato (...) Él, seguro les dijo (...), pero yo no tengo la antigüedad, la militancia necesaria; y le dijeron eso no importa vamos a hacer una convención (...) y ahí ellos le dijeron jajoguapáta (vamos a comprar todo) y ya está", dijo el diputado Silva.

La cantidad de dinero que uno debe aportar "depende de cómo está el mercado" y del "humor del líder", añadió.

Por eso es que yo voté por una lista abierta para que no solo los que tengan plata sean candidatos y todos podemos tener un representante.

"Yo llegué a ser diputado de la nación porque el expresidente, Nicanor Duartes Frutos, nos decía el que moja la camiseta va a llegar (...) en cambio en la época de Blas N. Riquelme y Argaña ellos ya te decían que tal lugar ya está reservado", explicó. 

Repartija de dinero. 

El diputado Silva afirmó que la política del que más dinero tiene se inició con el exsenador Blas N. Riquelme. "Con el empezó todo esto del dinero en la política, estaba acompañado de Galaverna, me acuerdo que en su época, Blas salió en una foto con dinero, en la convención se repartía dinero".

 Refirió que de la escuela de Riquelme es Galaverna, quien fue "el mentor de la candidatura de Horacio Cartes". 

"Juan Carlos Galaverna es un gran ideólogo y estratega, tiene buena oratoria, puede convencer a cualquiera, no es popular, mucha gente no le aguanta pero es importantísimo en el partido Colorado (...), pero se debe medir en las elecciones como le va, aunque siempre sabe estar ubicado", indicó. 

Aprobar un proyecto tiene precio 

Respecto a la compra de votos entre los parlamentarios para aprobar o rechazar un proyecto, Silva dijo que es muy poco probable comprobar esos hechos, pero tampoco puede negarlo. 

"Nunca me tocó recibir dinero por aprobar un proyecto de ley, nadie me ofreció todavía dinero (...) hay rumores, hay gente que se dedica a eso, pero es difícil de comprobar", dijo. 

En el tema de la entrada de Venezuela al Mercosur se habló mucho de dinero, "pero nunca me ofrecieron a mi (...) las decisiones se toman en bancada y generalmente nosotros recibimos órdenes de los líderes de movimientos y las cumplimos", destacó el diputado colorado.


Fuentes: 

ultimahora.com

Audio Radio Cardinal 730 AM

 

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La lucha por el desbloqueo de listas en el Paraguay

La lucha por el desbloqueo de listas en el Paraguay

Escuche el Himno del desbloqueo de listas sábana en el Paraguay pulsando en el ícono play

Fernando de la Mora, 27 de junio de 2014

DESBLOQUEO DE LISTAS 
I.- ¿CUAL ES EL SISTEMA ACTUAL? 
El sistema vigente es el de las LISTAS CERRADAS Y BLOQUEADAS. Ese sistema consiste en que los Partidos Políticos confeccionan las “listas de candidatos” para los cargos electivos, desde las instancias internas, como para las elecciones nacionales, municipales y departamentales. [Exdiputado Magdaleno Silva explica cómo se compra una banca y una ley en el Congreso]

Se distinguen dos tipos de listas

  1. Listas uninominales, que corresponden a las funciones de Presidente de la República, Gobernadores, Intendentes y Presidencia del Partido.
  2. Listas plurinominales, que corresponde a cuerpos colegiados como los son:
  • La Cámara de Senadores 
  • La Cámara de Diputados 
  • El Parlamento del Mercosur 
  • Los Constituyentes 
  • Las Juntas Departamentales 
  • Las juntas Municipales 
  • Los Directorios o Comités Partidarios

En la confección de listas plurinominales para colegiaturas, en las internas partidarias, que algunos las llaman “las primarias”, los movimientos internos confeccionan sus listas, que son: 

  • Cerradas: Listas a las que ya no se puede agregar ni quitar nada 
  • Bloqueadas: Listas a las que el orden es inamovible.

II.- ¿CUAL ES EL SISTEMA QUE PRETENDEMOS? 
La lucha está centrada en un pasito muy sencillo: desbloquear las listas. Eso significa que podamos “elegir”, y votar por las personas en las listas y con ello modificar el orden.[Explicación didáctica sencilla sobre desbloqueo de listas sábana]

Existen dos realidades contrapuestas: 

  • Las listas debieran estar compuestas por personas que comparten absolutamente una ideología, una doctrina, un ideal, un programa de gobierno y que forman un equipo de trabajo y que pugnan por el poder para hacer realidad desde el gobierno una administración del país en beneficio de todos los ciudadanos. 
  • Sin embargo, no existe un solo partido político que defienda el derecho del ciudadano a ser “elector” y que con ello tenga el poder de modificar el orden en una lista que sigue siendo cerrada.

Esta antinomia nos señala que hay cosas obscuras atadas a cada lugar en las listas. Cada partido político tiene unas estadísticas bastantes cercanas de cuántos senadores conseguirán en cada elección, igual que cuántos diputados en cada circunscripción electoral. Ese paquete “accionario”, partidario es ofertado en el “mercado”, del poder financiero, empresarial... El poder cambiar el orden debilita ese negocio de altísima rentabilidad. Dije que lo debilita, no que lo rompa. 

III.- ESTADO ACTUAL 
La lucha por el desbloqueo de listas se ha vuelto muy compleja y larga: ya lleva más de una década y media. Con una presión ciudadana muy fuerte, asociados con otros reclamos que salieron a flote más arriba de la línea de flotación del iceberg como por ejemplo los despilfarros millonarios en el TSJE en operadores políticos, se logró la sanción y promulgación de una Ley del Desbloqueo de Listas, la ley 4584/12.

¿Y en qué estado nos encontramos ahora? 
Existe una Ley sancionada y promulgada: Ley 4584/12
Existe otra Ley sancionada y promulgada que posterga la aplicación de dicha Ley para las elecciones en el año 2015:

 - Los Senadores que apoyaron la postergación hasta el año 2015

- Los Diputados que apoyaron la postergación hasta el año 2015

Existen varios otros proyectos de modificación de la Ley 4584/12, tanto en la Cámara de Diputados, como en la de Senadores, para resolver cuestionamientos de forma y de fondo. 
Existe un Proyecto de Ley en el Senado con el propósito de “DEROGAR” la Ley 4584/12con ello tirar al archivo la lucha de más de una década y media por el logro del DESBLOQUEO DE LISTAS en el Paraguay.

IV.- ¿POR QUÉ SE SANCIONÓ UNA LEY CON DEFECTOS?

Porque los legisladores tenían en la mente muy claro que la idea del desbloqueo estaba instalada en la ciudadanía como algo bueno y necesario. Supusieron que era peligrosa la manera cómo iba madurando una revolución de consciencia ciudadana y urdieron simular subirse al barco para “demostrar” que sintonizaban con la ciudadanía, que en definitiva somos los que les votamos. Se sumaba a todo esto una muy reciente dura lección, no se si bien aprendida o bien odiada, que le dimos la ciudadanía a la clase política en las elecciones 

Lo primero que hicieron fue “coloradizar” la causa del DESBLOQUEO con el doble propósito: abanderarse con esta causa era de alto contenido de marketing electoral por un lado, y por otro provocar al PLRA a no quedarse en el andén. Y así se logró un frente, previo a las internas pre-eleccionarias para el 2013, entre un sector de la ANR (los Zacarías Irún) y Efraín Alegre en el PLRA. Naturalmente que se sumaron los del PPQ, quienes fueron los eternos propulsores del desbloqueo de listas, pues nacieron como partido bajo esa bandera. Ocurrió lo mismo con el PDP y el Frente Guasú. 

Como la verdad era que ninguno quería el desbloqueo, armaron, montaron una oscura cortina de humo para congraciarse con la ciudadanía que comenzaba a animarse a organizarse, también fruto de la alternancia que se lograra en el 2008. Pero como éramos todos novatos en todo, presas fáciles para las tramperías, inocentes e ingenuos pisa-palitos o caza bobos. Cuando logramos la sanción de la Ley nos percatamos que la redacción definitiva, modificada en Diputados, adrede tenía una tramposa redacción que la convertía la Ley en inocua: con una doble aplicación del Sistema D’Hondt dejaba la Ley en sus efectos, igualito que la anterior en que prácticamente no desbloqueaba. 

Cuando nos percatamos de ello ya no había tiempo para modificar la Ley. Inocentes e ingenuos negociamos acompañar la sanción de la ley, con la promesa de que el día siguiente a su promulgación se ingresaría el Proyecto de Modificación para subsanar los defectos de fábrica.

Se sancionó y se promulgó la Ley 4584/12. Se presentaron varios proyectos de modificación a la misma, pero todos solamente como otra cortina de humo para dar el siguiente paso: derogar la Ley o al menos postergarla en su aplicación. No la derogaron por estrategia electoralista: no era el momento. Postergaron la entrada en vigencia de la Ley para las elecciones próximas que son las municipales en el 2015. Eso fue solamente para ganar tiempo, pues el objetivo de todos siempre ha sido la derogación de la Ley.
 

La ley 4662/12, tiene dos pasos: rechazar la modificación de la Ley y postergar la aplicación de la Ley 4584/12 para las elecciones del 2015.

V.- CUÁLES SON LOS DEFECTOS DE LA LEY 4584/12 
La aplicación del Sistema D’Hondt dos veces: 

  • En la primera se lo aplica para la distribución de las bancas. Sobre eso no hay discusión por ahora, pues de hecho nuestro sistema político es aún bipartidista. 
  • En la segunda aplicación se lo usa para ordenar las listas. Gramaticalmente analizada la Ley, eso es clarísimo, pues dice textualmente: “Para la distribución de escaños en los cuerpos colegiados se aplicará el sistema D’Hondt, para los partidos, movimientos políticos, alianzas o concertaciones, como luego para la determinación de quienes fueron electos dentro de las listas respectivas”. 
  • Sin embargo, en la reglamentación, ya prefabricada en acuerdos subterráneos entre los caciques de los partidos políticos y el TSJE, a quienes los tienen sometidos absolutamente, en que al primero de la lista le corresponde “la totalidad de los votos por la “X”. Esta interpretación está hecha adrede para sustentar que la Ley era inconstitucional y derogarla. Yo personalmente he realizado el estudio pertinente y se lo he demostrado al TSJE que la interpretación es la que peca de INCONSTITUCIONAL, ya que viola el mandato constitucional de que el voto =1. Y no me he quedado en ello; se lo he demostrado cómo se hace la segunda aplicación del Sistema D’Hondt respetando el valor del voto=1. (En este sencillo vídeo está la explicación, aquí
  • Se arguye también que la Ley es inaplicable por la complejidad que acarrea el escrutinio y que se requiere del uso de la tecnología que no la Ley no prevé. Tampoco prevé la derogación de todos artículos en el Código Electoral que se contraponga a lo establecido en la nueva Ley. 

 VI.- LOS PROYECTOS DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 4584/12 
Existen proyectos de modificación de la Ley, tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores. Sin embargo, fueron encajonados todos, de tal modo a que fue promulgada una nueva Ley, la 4662/12, que posterga en su aplicación de la Ley 4584/12, para las elecciones del 2015. Y hasta existen versiones que en la redacción de esa postergación ya se introdujo nuevamente otra trampa en la redacción: se menciona que “se posterga en su aplicación para las elecciones GENERALES del año 2015”. Con esta argucia preparada está lista la impracticabilidad de la Ley en el año 2015, pues ese año no existen elecciones GENERALES, sino MUNICIPALES.

Ante todos estos hechos, un grupo de ciudadanos nucleados en la Asociación Fuera Listas Sábanas del Paraguay, se tomó el trabajo de tomar todos los Proyectos de modificación presentados y quitar de cada uno de ellos lo mejor, confeccionamos un nuevo Proyecto de Modificación de la Ley 4584/12, que de la mano del Diputado Juan Félix Bogado Tatter y otros como Mariño, Romero Roa, Fabiola Oviedo, Olga Ferreira, Hugo Rubín y Cardozo que representan a la ANR, PLRA, FG e Independiente fue introducido en la Cámara de Diputados. 
Girado a la Comisión de Asuntos Constitucionales, hasta hoy está con un dictamen recomendando algunas modificaciones y con aplicación solamente en las internas: no así en las generales. 

 VII.- CUESTIONES DE FONDO 
¿Por qué solamente en las internas?
Porque ya es un gran sacrificio para los caciques aflojar que en las internas se les mueva el orden en tablero de la lista, pero creen manejable aún dentro de las internas hasta el punto de amortiguar y de ser posible anular los efectos de desbloqueo. Pero no van a permitir jamás que en las elecciones generales, ciudadanos de otros partidos vuelvan a moverles el Esta argumentación no tiene peso racional, pues olvidan que en las instancias de las elecciones generales, los ciudadanos ya no están obligados a votar por su partido y que existen muchísimos ciudadanos que no tienen partido que tienen el derecho de votar por quien les plazca. Voto que les viene de otros partidos o de los independientes no puede ser 
rechazados y los que se les van no pueden ser reclamados: forman parte del juego democrático y de la libertad del ciudadano.

Con esa postura, los independientes no tendrían que votar y los afiliados solamente podrían votar por su partido. Y si ese fuese la situación, en primer lugar, se discrimina a los independientes y no haría hacer elecciones generales, pues con los resultados de las internas se definirían las candidaturas en una competencia por cantidad de electores.

Otro tema espinoso y del que se habla poco es: ¿por qué se aferran a la doble opción del voto por el partido y el voto preferencial? Aquí hay una creencia muy fuerte, y quizás verdadera: todos los partidos tienen votos cautivos, ya sea por fanatismo, por clientelismo, por prebendarismo, por compras de votos, etc. que están seguros pueden ser inducidos a votar por la “X” o sea, por la lista, tal cual está si optar por la preferencia. 

 Este hecho analizado fríamente, tiene sentido, siempre y cuando se use un sistema de distribución equitativa e igualitaria de esos votos entre todos los candidatos en la lista. Si el partido obtuviera 100 votos por la “X” y están en juego 10 bancas, a cada candidato le corresponde 10 votos a los que se les sumarán los votos preferenciales que obtuviera. Así se respeta el valor del voto=1.

Sin embargo, si la Ley consagra que el ciudadano tiene que elegir a uno de su preferencia de la lista, es lógico que cada candidato pertenece a un partido, y por ende, suma para el partido para la distribución de las bancas: este sistema no atenta en contra de la cantidad de bancas que pueda lograr conquistar el partido. Este es el concepto más puro del desbloqueo, tal como lo estamos debatiendo en el Paraguay.

Dentro del contexto anterior, podría plantearse que el elector pueda elegir a más de uno en la lista. Por supuesto que es posible, solamente que plantea una complejidad matemática, totalmente soluble, de cómo distribuir esos votos, previa determinación de la cantidad mínima de candidatos puede votar cada elector de la lista y si dicha cantidad debe ser fija. 

 CONCLUSIÓN 
La crisis existente en cuanto a la calidad de la democracia en el Paraguay demostrada en la pésima representación que tenemos en todos los cuerpos colegiados denota un deterioro muy grande en el funcionamiento de los Partidos Políticos. Estos están siendo manejados por una rosca cerrada y abroquelada que no permite renovación alguna y se ha ido consolidando tanto que ya tienen estructuras suprapartidarias e inter-partidarias que los manejan.

Consideramos necesario romper esta oligarquía en forma democrática, pues es lo que conviene al sistema democrático que defendemos como República. Y el DESBLOQUEO DE LISTAS apunta precisamente a ello, y esa es la razón de tanta resistencia que tiene. Es increíble, cualquier nuevo partido, movimiento o alianza que se forme, en ese mismo instante les ataca el virus del “no al desbloqueo”. Eso se debe a que nadie quiere perder el pedestal que cree haber construido desde la formación de tales partidos, movimientos o alianzas y se sienten con derechos de no perder su UBICACIÓN en la lista para asegurarse el ingreso al colegiado con la suma de los votos de todos y no solamente con los votos a su candidatura en forma individual. 

 Lamentablemente no se ve la sanidad, la renovación y la competitividad que trae el DESLBOQUEO para adentro de los partidos políticos, pues obliga a una preocupación fuerte en que los candidatos luchen por su imagen personal en forma integral y esa suma vigoriza inmensamente al conjunto que es el partido al que pertenece: todos salen enriquecidos y fortalecidos. 

 Sergio Velázquez Villagra 
Fernando de la Mora, Paraguay

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La hegemonía de los caciques es el peor enemigo del desbloqueo y de la renovación de los partidos políticos

La hegemonía de los caciques es el peor enemigo del desbloqueo y de la renovación de los partidos políticos

El señor Sergio Velázquez Villagra fue invitado esta mañana en un programa de Radio La Unión AM 800, para explicar los alcances de la lucha por el desbloqueo de listas sábana que lleva a cabo desde la Asociación Fuera Listas Sábana del Paraguay (Asofulsapy).

A la patria se la quiere, a la patria se la ama y a los partidos políticos que es la contraparte aparentemente, se maneja hoy día con el fanatismo, tenemos que lograr convertir de nuevo a los partidos políticos de fanatismos a patrióticos, ese es el objetivo que buscamos en la Asociación Fuera Listas Sábana del Paraguay, y vamos a explicar en que consiste este paso de amor a la patria, convertirla en una impronta de todos los partidos políticos que hoy día se ufanan o ponen todo su empeño en fanatizar a la gente y no en patriotizar, en  eso apunta nuestra lucha, expresó.

Señaló que hoy en nuestro sistema electoral vigente, los partidos políticos son los que confeccionan las listas y como ejemplo tomo el número 45 de senadores como número más pequeño para explicar y dijo, es la cantidad más pequeña, pero es el más poderoso. Apuntó que en la actualidad el ciudadano vota esa lista tal cual está y que no puede modificar el orden en absoluto, entonces el dueño del orden y de la lista es el partido, manifestó.

Aclaró que lo que se pretende con el desbloqueo como son listas cerradas y bloqueadas, es convertir este último término en no bloqueada, es decir desbloqueada, que consiste en lo siguiente, el partido va a seguir poniendo su lista del 1 al 45, pero el ciudadano va a poder modificar el orden de eso, cuando va a votar, así como está la ley vota por la lista de su partido u opta por la opción de elegir a uno de la lista de su preferencia y acá viene la gran diferencia, dijo.

Cuando se hace el ordenamiento de la lista se tiene en cuenta solamente los votos preferenciales de las elecciones personales que hizo el ciudadano, es lo que determina el orden de la lista y ahí es donde nosotros vemos la gran virtud del desbloqueo, en que la ciudadanía pone quien es quien dentro de su partido en las internas y lo re-confirma quien es quien en las generales, argumentó.
La hegemonía de los caciques es el peor enemigo del desbloqueo de listas y de la renovación dentro de los partidos en las internas y en las generales.

Resaltó además que el patriotismo, los kilates personales, es lo que garantiza a la ciudadanía un buen gobierno y no la chequera del candidato que compra su banca, y que eso está demostrado históricamente, lo que debe competir no es el dinero de los candidatos sino la calidad, el kilate personal de los candidatos como proponente de un proyecto de gobierno que tenga sustento racional y no simplemente una aureola de que yo mando porque tengo plata y compré todo, dijo.

En otro momento dijo que hay una ley sancionada, que es la ley 4584/12, y que está vigente y que debe ser aplicada en las elecciones municipales el año que viene, y conscientes de que esa ley tiene algunas deficiencias en la interpretación posible, porque hay un sistema del doble D´Hondt, que lo convierte un poco en algo complicado, pero no imposible y ante esta realidad han presentado a través de la Asociación Fuera Lista Sábana, bajo asesoramiento del mismo Tribunal Superior de Justicia Electoral un nuevo proyecto de modificación de esa ley que tiene algunas deficiencias y eso está durmiendo el sueño de los justos en la Comisión de Asuntos Constitucionales en diputados.

Además tiene un dictamen que nadie se anima a firmar porque haciendo de las suyas nuevamente han cambiado la redacción volviéndola a modificar para que nada ocurra y que consiste en que se puede presentar una lista no completa que es una obligación, cualquiera puede presentarse como individuo a competir en una lista sábana de un solo candidato que es una locura, dijo.

Concluyó diciendo que el mismo dictamen dice que se aplique solamente en las internas.

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Tuma: Los cambios en los sistemas electorales no se hacen en dos meses, tardan años

Tuma: Los cambios en los sistemas electorales no se hacen en dos meses, tardan años

En fecha 03/06/2012, en el programa de Mina Feliciángeli, el diputado Oscar Tuma había dicho sobre el desbloqueo de Listas Sábana que: "Los cambios en los sistemas electorales no se hacen en dos meses, tardan años", entonces acá no se hizo el estudio, acá el desbloqueo el desbloqueo, el desbloqueo salieron a gritar un tipo disfrazado de fantasma y desbloqueo, y no sabía y ni leyó la ley, yo me fui a varios debates y les preguntaba quién leyó la ley? y nadie leyó la ley, sostuvo.

Esto se aprobó. Acá hay dos alternativas dijo, arreglamos esto que se aprobó, o ésto que se aprobó no tiene que entrar a regir porque va a ser un desastre el día del escrutinio, queremos arreglar y comencemos a consensuar que ésto rija solamente dentro de las internas para no llevar y no entrar en unas generales en un caos también. ¿Qué sentido tiene que yo en una interna haga un desgaste porque acá el desgaste va a ser individual. Yo gane mi lugar, tenga mi derecho adquirido y me vaya otra vez a las generales y hay me puedan variar lo que yo ya adquirí dentro de mi partido y ¿Por qué? ¿Tengo que gastar dos veces? se preguntó.

En otro momento enfatizó que con el desbloqueo ya el partido dejó de ayudarle a una persona, acá cada uno corre con su gasto como se dice y otra cuestión, yo quiero que se me devuelva mi dinero también, ya que el subsidio va a ir al partido si yo fui el que hice el gasto o sea a muchas cosas que cambiar, no es solamente poner la "X" y decidir quien va a votar y quien no va a votar, estamos hablando del cambio de un sistema electoral, no es solamente quien va a subir y quien va a bajar (sic).

Le decimos al diputado Oscar Tuma que él es uno de los responsables de las modificaciones sufridas por la actual ley N° 4.584/12, en la Comisión de Asuntos Constitucionales, lo convirtieron en lo que es hoy, los detalles están, aquí.

Además le dedicamos un vídeo en honor a su incoherencia, nosotros nunca creímos en sus mentiras y es cuestión que vea la fecha de edición de la publicación de un artículo en nuestro blog.

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Periodistas debatiendo sobre el desbloqueo de listas sábana

Periodistas debatiendo sobre el desbloqueo de listas sábana

Debatieron sobre el desbloqueo de las Listas Sábana, en el programa de Mina en Domingo, Adolfo Ferreiro (hoy senador), Enrique Vargas Peña, Clari Arias y Jorge Torres Romero.

Adolfo Ferreiro, defendió su posición contra el desbloqueo diciendo que se tomó una decisión en la Cámara de Diputados de sacar la primera ley que habilita el desbloqueo sin que el 10 % de los diputados supiera de que se estaba hablando, ahí tenía que haberse parado el tema y orientado la discusión soportado por algo que tampoco no hay, que no hay una discusión política ni intelectual ni académica ni científica ni de nada sobre el tema, es un antojo nomas, entonces que ocurre... Por eso el desbloqueo sale, porque los perros dijeron en la Cámara de Diputado, vamos na a quedar bien con la prensa, con la opinión pública y con la ciudadanía. Otro disparate conceptual también. (sic). Esto fue antes de aspirar a ser candidato a senador, en el mes de junio del año 2.012, vean y escuchen atentamente lo que piensa sobre el tema en el vídeo.

A su turno Enrique vargas Peña, dijo que hay que hacer una clarificación importantísima sobre el concepto de calidad del sistema representativo, aludiendo a lo manifestado por Ferreiro que Carlitos Vera podría llegar a ser elegido para constituyente en vez de Mendonca por su popularidad, y siguiendo con lo expresado por Vargas Peña, dijo que no le importaría que por ejemplo Magdaleno Silva (llegue al parlamento), si Magdaleno Silva viene con la representación del Pueblo de Concepción. Si viene con la representación del Pueblo de Concepción para mí es una representación de calidad. ¿qué pasa hoy y por qué? se preguntó, para luego afirmar que él consideraba que este sistema no tiene representación de calidad, porque la gente que está en el Congreso no viene en representación del Pueblo, sino que viene en representación del Cacique que le puso en la lista.

Ejemplificó mucho mejor su posición sobre la calidad contando que tuvo una entrevista didactísima con el Diputado Edgar Ortiz, la primera, su calidad intelectual. Se fue a dos charlas del Sr. Carlos María Ljubetic y no logró entender el sistema y vota en contra y la segunda cosa, el señor Edgar Ortiz es diputado porque obtuvo en herencia una chacra multimillonaria que le permitió dejar su profesión de letrero para dedicarse a la política, es decir no es verdad que este sistema que tenemos garantice calidad. 

Sobre el desbloqueo dijo que al permitir votar por Juan Pedro, o por Clari o por Jorge legitimiza el mandato...Yo no digo que va a venir el premio novel, no quiero luego que venga el premio novel sino el que tenga el mandato del Pueblo, hoy no hay eso, no es cierto lo que estaba diciendo Clari de que en esa Cámara están los representantes del Pueblo, es mentira. En esa Cámara el 80% son designados, el pueblo lo único que hizo fue elegir listas, saben cómo elegimos nosotros, sabes como elegimos nosotros preguntó mirándole a cada uno de los presentes en el panel y contestó: Nos vamos al cuarto oscuro que tenes ahí en la pantalla y nos dicen Lista 2, Lista 1, Lista 9. "Son Listas". No es verdad que representen al Pueblo esa gente, concluyó. 

Si alguien tiene por ahí la 2° parte de este programa grabado, nos podría facilitar por favor, no estamos encontrando el material en youtube, termina justo un poco después de que empieza la intervención de Clari Arias quien acusa a Vargas Peña, de tener una envidia incurable a esta gente (por los Legisladores), por su abierto apoyo al desbloqueo de las listas sábana, que al parecer también él defiende.

Comentario:

Es mentira aquellos que dicen que está en el Congreso porque ganó a "fulano", cuando la verdad es que es una pugna entre "inchadas" o "torcedores" que lo transportó de una LISTA SÁBANA de un movimiento de "fulano" a la LISTA SÁBANA del Partido. Competir con "fulano" es más que una lucha entre LISTAS SÁBANAS; debe ser una lucha entre candidatos y los electores con criterio de calidad personal ELIGE al de su preferencia. Eso es competir, y eso NO LES GUSTA a los caciques incapaces, carentes de virtudes, solamente mañosos y mañeros.  


 

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En Paraguay no tenemos un electorado maduro

En Paraguay no tenemos un electorado maduro

Miguel Angel López Perito, senador de Avanza País, dijo que "El desbloqueo puede servir para que la gente que tiene más dinero entre y controle el Congreso". ¿Por qué? Porque la forma como está planteado implica que se abre a la vulnerabilidad de la manipulación de la opinión publica en las campañas que generalmente eso se hace para la gente que tiene mayores recursos y mayor capacidad de acceso a la prensa y compañia, o sea no necesariamente va a generar mayor representatividad, esa es la duda grande que nosotros tenemos con respecto a este tema del desbloqueo, así como se plantea, manifestó.

En otro momento dijo que en Paraguay no hay un electorado maduro, pero eso valdría la pena discutirlo, pero es la idea o si querés llamarlo inclusive el prejuicio que yo tengo es ese, verdad? Veo, trabajo mucho con la gente, converso mucho con la gente en las zonas urbanas, en las zonas suburbanas, en las zonas rurales y me impacta a veces lo equivocada o lo alienada que está la gente con respecto a lo que está pasando verdad?, entonces, yo también tengo mis ideas que están condicionadas por mi propia experiencia verdad? y estoy dispuesto a discutirlas y a corregir en lo que sea necesario, pero la impresión que yo tengo es que no tenemos un electorado maduro, afirmó.

No quiere decir que no haya núcleos importantes que han crecido, que tienen mayor criterio etc, etc., eso si yo estoy convencido de que si hay digamos y que vamos avanzando en esa linea, pero no es falencia del concepto mismo de ciudadanía, vos te vas y hablas con un taxista en Buenos Aires y podes discutir de política sobre lo que está pasando allá, igual pasa en otros lugares, te digo en Uruguay o no se, acá no digamos, acá la gente sabe poco de lo que está ocurriendo, hay un nivel muy bajo todavía de politización de la gente, pero si hay un nivel creciente, entonces, te repito para no este, dar vueltas digamos, la impresión que yo tengo, falta todavía mucho camino para este, llegar al lugar en donde efectivamente podemos decir, bueno, este electorado te va garantizar cualquier cosa, verdad?, dijo.

Lo mismo te puedo decir del tema del control de mesa, acá habría que dejar el control de mesas no a los partidos políticos sino como se hace en otro lado por sorteo, entonces tenes una manera mucho mas, como te voy a decir, con menos colores, con menos capacidad de ser cocinadas. Mirá, podes tener listas desbloqueadas, podes tener lo que quieras, pero te cocinan de repente las actas como si fuera cualquier cosa y vos sabes mejor que nadie que acá a habido gente del Congreso que a declarado públicamente que se cocinaron elecciones y eso se hace, se hizo y se seguirá haciendo todavía con los sistemas precarios que tenemos, expresó.

La nota la concedió al periodista Enrique Vargas Peña, por la Radio AM 970, en fecha 27 de agosto del año 2014, fue un día antes del tratamiento de la derogación de la ley del desbloqueo de las listas sábana y que tenía que ser aplicada en las próximas internas partidarias y en las elecciones municipales del 2015, la derogación fue promovida por los senadores colorados Juan Carlos "Calé" Galaverna, Julio César Velazquez Tillería y Gustavo Javier Alfonso González. Lea el proyecto aquí

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Nuevo Proyecto de Desbloqueo de Blas Llano

LEY N°

 

“QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 1°, 2°, 3° Y AMPLIA LA LEY N° 4584/12 “QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 247 Y 258 DE LA LEY 834/96 “CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO, MODIFICADOS POR LEY N° 3166/07 QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 106, 170, 246, 247, 248 Y 258 DE LA LEY N° 834/96 QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO”

 

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

Artículo 1°.- Modifícanse y amplíense los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley N° 4.584/12 “QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 247 Y 258 DE LA LEY 834/96 “CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO”, modificados por Ley N° 3.166/07 "QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 106, 170,246, 247, 248 Y 258, DE LA LEY N° 834/96 QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO", cuyos textos quedaran redactados como sigue:

 

                        “Art. 247.- Los convencionales constituyentes serán elegidos por el sistema de representación proporcional, en listas  desbloqueadas, completas o no, de acuerdo con los términos del Artículo 258 de este Código." 

                        Los senadores serán elegidos por el sistema de representación proporcional, en listas desbloqueadas, completas o no, de acuerdo con los términos del Artículo 258 de este Código. 

                        Los diputados serán elegidos en colegios electorales departamentales de acuerdo con el número de electores de cada departamento. La ciudad de la Asunción constituirá un colegio electoral con representación en dicha cámara, de conformidad con lo establecido en el Artículo 221 de la Constitución Nacional y el Artículo 6° inciso i) de la Ley N° 635/95 “QUE REGLAMENTA LA JUSTICIA ELECTORAL”. La elección se hará por el sistema de representación proporcional, en listas desbloqueadas, completas o no, de acuerdo con los términos del Artículo 258 de este Código. 

                        Los parlamentarios del Mercosur serán elegidos por el sistema de representación proporcional, en listas desbloqueadas, completas o no, de acuerdo con los términos del Artículo 258 de este Código. 

                        Los miembros de las Juntas Departamentales y Municipales serán elegidos por el sistema de representación proporcional, en listas desbloqueadas, completas o no, de acuerdo con los términos del Artículo 258 de este Código. 

                        “Art. 258.- Los convencionales constituyentes, senadores, diputados y parlamentarios del MERCOSUR, miembros de las Juntas Departamentales y Municipales serán elegidos en comicios directos, por medio del sistema de representación proporcional, en listas desbloqueadas, completas o no.

            Para el efecto, el elector primero deberá seleccionar el Partido, Movimiento Político, Alianza o Concertación de su elección y luego marcar el casillero del candidato de su preferencia dentro de la lista seleccionada para convencional constituyente, senadores, diputados, miembros de juntas departamentales y municipales. 

            El voto emitido a favor de cualquiera de los candidatos de la lista, se computará para el Partido, Movimiento Político, Alianza o Concertación a los que pertenezca el candidato a los efectos de establecer la cantidad de bancas o escaños que correspondan a cada Partido, Movimiento Político, Alianza o Concertación. 

            Para la distribución proporcional de la cantidad de escaños para los Partidos, Movimientos Políticos, Alianzas o Concertaciones en los cuerpos colegiados se aplicará el sistema D’Hondt u otro sistema de repartición proporcional similar. 

a)      se ordenan, de mayor a menor en una columna las cifras de votos obtenidos por todas las listas;

b)      se divide el número de votos obtenidos por cada candidatura por 1 (uno), 2(dos), 3 (tres), etc.; hasta formar tantos cocientes como escaños por repartir existan, conforme al siguiente

c)      ejemplo: 

División por

1

2

3

4

Lista A

168.000

84.000

56.000

42.000

Lista B

104.000

52.000

34.666

26.000

Lista C

72.000

36.000

24.000

18.000

Lista D

64.000

32.000

21.333

16.000

Lista E

40.000

20.000

13.333

10.000

 

            Los escaños se atribuyen a las candidaturas que hubieran obtenido los cocientes mayores en el cuadro, atendiendo a un orden decreciente. 

a)      Cuando en la relación de cocientes coincidieran dos correspondientes a distintas candidaturas, el escaño se atribuirá a la que mayor número de votos hubiera obtenido y si subsistiere el empate, se resolverá por sorteo”. 

            Una vez establecida la cantidad de bancas o escaños adjudicados a cada lista, para determinar a qué candidatos se otorgarán esa bancas o escaños, independientemente del lugar que cada candidato ocupe en la lista respectiva, se aplicará el sistema de simple mayoría, otorgando las bancas a los candidatos que obtengan la mayor cantidad de votos preferenciales dentro de la lista de cada partido, movimiento político, alianza o concertación. 

            En caso de empate entre candidatos de una misma lista, la cuestión se definirá a favor del orden inicial propuesto por el Partido, Movimiento Político, Alianza o Concertación respectiva. 

            En el caso de que la cantidad de candidatos individualmente elegidos mediante el voto preferencial no alcance para llenar el número de bancas o escaños obtenidos por el Partido, Movimiento político, Alianza o Concertación respectiva, los lugares faltantes serán llenados con los nombres propuestos en la lista original, según el orden establecido en ella, excluyendo los de aquellos que hayan obtenido voto preferenciales. 

            Los suplentes sufrirán idénticas alteraciones que sus titulares correspondientes en la lista inicial presentada por los Partidos, Movimientos Políticos, Alianzas o Concertaciones. 

            El presente sistema de votación y asignación de escaños para cargos electivos de cuerpos colegiados será también de uso obligatorio en las elecciones internas de los partidos políticos u otras organizaciones, ya sea para la elección de sus candidatos a cargos de representación municipal, departamental o nacional, como para la elección de las autoridades. 

            Artículo 2°.- Se implementará el uso de recursos tecnológicos con impresión de voto en el proceso de votación, así como como de escrutinio, tanto en las elecciones generales como en las internas de las organizaciones políticas. 

            Artículo 3°.- La presente ley se aplicará a partir de las elecciones inmediatamente posteriores a su entrada en vigencia y a las respectivas internas de los Partidos, Movimientos Políticos, Alianzas o Concertaciones”. 

            Artículo 4°.- El Tribunal Superior de Justicia Electoral arbitrará los medios necesarios para una eficiente implementación del sistema de votación y escrutinio establecido en la presente ley. 

            Artículo 5°.- Los Estatutos o Cartas Orgánicas de los Partidos y Movimientos Políticos serán adaptados a las disposiciones de esta ley en un plazo máximo de seis meses a su promulgación. 

            Artículo 6°.- Derogase la ley 4662/12 vigente que establece la postergación de la aplicación de la ley 4584/12. 

            Artículo 7°.- Derogase el Art. 236 de la Ley 834/96 y todas las demás disposiciones contraria a la presente ley. 

            Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. 

 

BLAS ANTONIO LLANO RAMOS

Honorable Cámara de Senadores



 

Proyecto nuevo de Desbloqueo por Desiree Masi

LEY N° ...

"QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 247 Y 258 DE LA LEY N° 834/96 CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO, Y SUS MODIFICATORIAS Y DEROGA LAS LEYES NÚMEROS 4.584/12 Y 4.662/12 Y EL ARTÍCULO 236 DE LA LEY N° 834/96"

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

 

Artículo 1°.- Modificase los artículos 247 y 258 de la Ley N° 834/96, "CODIGO ELECTORAL PARAGUA YO", que quedan redactados de la siguiente manera:

Art. 247.- Los convencionales constituyentes serán elegidos por el sistema de representación proporcional, por listas completas, cerradas y desbloqueadas, de acuerdo con los términos del Artículo 258 de este Código.

Los senadores serán elegidos por el sistema de representación proporcional, por listas completas, cerradas y desbloqueadas, de acuerdo con los términos del Artículo 258 de este Código.

Los diputados serán elegidos en colegios electorales departamentales de acuerdo con el número de electores de cada departamento. La ciudad de la Asunción constituirá un colegio electoral con representación en dicha cámara, de conformidad con lo establecido en el Artículo 221 de la Constitución Nacional y el Artículo 6° inciso i) de la Ley N° 635/95 "QUE REGLAMENTA LA JUSTICIA ELECTORAL". La elección se hará por el sistema de representación proporcional, por listas completas, cerradas y desbloqueadas, de acuerdo con los términos del Artículo 258 de este Código.

Los parlamentarios del Mercosur serán elegidos por el sistema de representación proporcional, por listas completas, cerradas y desbloqueadas, de acuerdo con los términos del Artículo 258 de este Código.

Los miembros de las Juntas Departamentales y Municipales serán elegidos por el sistema de representación proporcional, por listas completas, cerradas y desbloqueadas, de acuerdo con los términos del Artículo 258 de este Código.

Art.258.- Los convencionales constituyentes, senadores, diputados y parlamentarios del Mercosur, miembros de las Juntas Departamentales y Municipales serán elegidos en comicios directos, por medio del sistema de representación proporcional, por listas completas, cerradas y desbloqueadas.

Para el efecto, el elector primero deberá seleccionar el Partido, Movimiento Político, Alianza o Concertación de su elección y luego marca el casillero del candidato de su preferencia dentro de la lista seleccionada para convencional constituyente, senadores, diputados, miembros de junta departamentales y municipales. 

            El voto emitido a favor de cualquiera de los candidatos de la lista, se computará para el Partido, Movimiento Político, Alianza o Concertación a los que pertenezca el candidato a los efectos de establecer la cantidad de bancas o escaños que correspondan a cada Partido, Movimiento Político, Alianza o Concertación. 

            Para la distribución proporcional de la cantidad de escaños para los Partidos, Movimientos Políticos, Alianzas o Concertaciones en los cuerpos colegiados se aplicará el sistema D'Hondt u otro sistema de repartición proporcional similar. 

a) se ordenan, de mayor a menor en una columna las cifras de votos obtenidas por todas las listas; 

a) se divide el número de votos obtenidos por cada candidatura por 1 (uno), 2 (dos), 3 (tres), etc.; hasta formar tantos cocientes como escaños por repartir existan, conforme al siguiente ejemplo: 

 

 

(Aquí va la imagen de cómo se aplica el Sistema D'Hondt)

 

 


            Los escaños se atribuyen a las candidaturas que hubieran obtenido los cocientes mayores en el cuadro, atendiendo a un orden decreciente. 

b) Cuando en la relación de cocientes coincidieran dos correspondientes a distintas candidaturas, el escaño se atribuirá a la que mayor número de votos hubiera obtenido y si subsistiere el empate, se resolverá por sorteo". 

            Una vez establecida la cantidad de bancas o escaños adjudicados a cada lista, para determinar a qué candidatos se otorgarán esas bancas o escaños, independientemente del lugar que cada candidato ocupe en la lista respectiva, se aplicará el sistema de simple mayoría, otorgando las bancas a los candidatos que obtengan la mayor cantidad de votos preferenciales dentro de la lista de cada partido, movimiento político, alianza o concertación. 

            En caso de empate entre candidatos de una misma lista, la cuestión se definirá a favor del orden inicial propuesto por el Partido, Movimiento Político, Alianza o Concertación respectiva. 

            En el caso de que la cantidad de candidatos individualmente elegidos mediante el voto preferencial no alcance para llenar el número de bancas o escaños obtenidos por el Partido, Movimiento político, Alianza o Concertación respectiva, los lugares faltantes serán llenados con los nombres propuestos en la lista original, según el orden establecido en ella, excluyendo los de aquellos que hayan obtenidos votos preferenciales. 

Los suplentes sufrirán idénticas alteraciones que sus titulares correspondientes en la lista inicial presentada por los Partidos, Movimientos Políticos, Alianzas o Concertaciones.

El presente sistema de votación y asignación de escaños para cargos electivos de cuerpos colegiados será también de uso obligatorio en las elecciones internas de los partidos políticos u otras organizaciones similares, ya sea para la elección de sus candidatos a cargos de representación municipal, departamental o nacional, como para la elección de las autoridades partidarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 119 de la Constitución Nacional.

Artículo 2°.- Para los fines de la presente Ley se podrá implementar el uso de las medios tecnológicos idóneos con impresión de voto a los efectos de un control cruzado.

Artículo 3°.- La presente ley se aplicará a partir de las elecciones inmediatamente posteriores a su entrada en vigencia y a las respectivas internas de los Partidos, Movimientos Políticos, Alianzas o Concertaciones.

Artículo 4°.- El Tribunal Superior de Justicia Electoral arbitrará los medios necesarios para una eficiente implementación del sistema de votación y escrutinio establecido en la presente ley.

Artículo 5°.- Los Estatutos o Cartas Orgánicas de los Partidos y Movimientos Políticos serán adaptados a las disposiciones de esta ley en un plazo máximo de seis meses a su promulgación.

Artículo 6°.- Derógase la ley 4662/12 vigente que establece la postergación de la aplicación de la ley 4584/12.

Artículo 7°.- Deróganse el Art. 236 de la Ley 834/96 y todas las demás disposiciones contrarias a la presente ley.

Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.